MEDIDAS PREVENTIVAS EN EL USO DE HERRAMIENTAS. 

El buen uso de herramientas es esencial para prevenir accidentes y lesiones en cualquier lugar donde se utilicen herramientas. Te contamos aquí algunas medidas preventivas que debes tener en cuenta al usar herramientas: 

1.- Formación y capacitación: 

Asegúrate de tener el conocimiento necesario para utilizar la herramienta de manera segura. Si no sabes cómo usarla, busca instrucciones o pide a alguien con experiencia que te enseñe. 

2.- Equipamiento de protección personal (EPP): 

Utiliza el equipo de protección adecuado, el EPP puede variar según el tipo de herramienta que estés utilizando y el trabajo que estés realizando. 

3.- Revisión previa: 

Antes de usar cualquier herramienta, inspecciónala para asegurarte de que esté en buenas condiciones.  

4.- Mantenimiento constante: 

Mantén tus herramientas limpias y en buen estado. Lubrica las partes móviles según las indicaciones del fabricante. 

5.- Uso correcto: 

Utiliza las herramientas para lo que fueron previsto. No fuerces herramientas más allá de sus capacidades ni improvises para realizar tareas para las que no fueron diseñadas. 

6.- Área de trabajo: 

Trabaja en un área limpia, bien iluminada. Asegúrate de tener suficiente espacio para maniobrar y trabajar cómodamente. 

7.- Atención y concentración: 

Mantén tu atención en la tarea en todo momento. Evita distracciones y no uses herramientas si estás cansado, enfermo o bajo la influencia de sustancias que puedan afectar tu juicio. 

8.- Uso de herramientas eléctricas: 

Desconecta las herramientas eléctricas antes de cambiar accesorios o realizar ajustes. Mantén los cables alejados de áreas de tráfico y evita enredos. 

9.- Uso de herramientas manuales: 

Utiliza un agarre firme y adecuado al manejar herramientas manuales. Mantén las manos y dedos lejos de las zonas de corte o impacto. 

10.- Almacenamiento seguro: 

Después de su uso, almacena las herramientas en lugares seguros y adecuados, lejos del alcance de niños o personas no autorizadas. 

PLAZO A EMPRESAS PARA REALIZAR AUDITORÍAS A GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD VENCE A FIN DE MES

Después de la finalización de la Emergencia Sanitaria, los empleadores están requeridos a reiniciar las evaluaciones del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud (SGSST) en un plazo de 90 días a partir de su conclusión. Esta medida debe llevarse a cabo antes del 23 de agosto de 2023.

“A partir del 24 de dicho mes, en caso la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), realice fiscalizaciones para supervisar que el empleador haya cumplido con lo dispuesto y, de no haberlo ejecutado, podría iniciar procedimientos sancionadores y colocar multas”, indica Rafael Delgado Castro, especialista en SST del estudio Miguel Mur & Abogados.

Delgado enfatiza que la omisión de llevar a cabo estas evaluaciones se considera una infracción seria en relación con las regulaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo. En este contexto, las multas administrativas pueden variar desde S/ 544.50 hasta S/ 129,294.00, dependiendo del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados.

El especialista subraya también que las compañías deben presentar el informe de la evaluación a las autoridades pertinentes dentro de un plazo máximo de 15 días desde la emisión del documento.
En otro aspecto, Rafael Delgado hace hincapié en que la obligación de llevar a cabo estas evaluaciones recae en los empleadores con más de 10 trabajadores y cuyas operaciones estén incluidas en el Listado de Actividades Productivas de Alto Riesgo.

“Las empresas que no están en esa lista y tienen hasta 10 trabajadores solo están obligados a realizar auditorías cuando la Inspección del Trabajo, así lo ordene”, subraya.
En relación con los plazos, el especialista detalla que las empresas en actividades de alto riesgo deben realizar evaluaciones de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud cada dos años, mientras que aquellas sin actividades de alto riesgo deben hacerlo cada tres años. Esto excluye a los empleadores en sectores que tienen regulaciones específicas, como el sector minero.

¿Cuál es la finalidad de estas evaluaciones?

Según el abogado del bufete legal Miguel Mur & Abogados, se basa en el artículo 43 de la Ley N° 29783 sobre seguridad y salud en el trabajo. Aquí se establece que los empleadores deben realizar evaluaciones periódicas para determinar la efectividad y adecuación de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud, asegurando la prevención de riesgos laborales y la protección de los trabajadores.

“Estas auditorías únicamente podrán ser realizadas por auditores registrados y autorizados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, los cuales se encuentran inscritos en el “Registro de Auditores autorizados para la evaluación periódica del SGSST”, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 014-2013-TR. Sumado a ello, la selección del auditor debe contar con la participación de los trabajadores y/o sus representantes”, resalta Delgado.

Fuente: Diario Gestión

MTPE: ACCIDENTES LABORALES SE REDUCEN 15.5% EN JULIO DE ESTE AÑO, RESPECTO AL MISMO MES DEL 2021

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) reportó una reducción de 15.5% en las notificaciones por accidentes de trabajo en julio del presente año, versus igual mes del 2021, según el boletín Notificaciones de accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales.

De acuerdo con el reporte, se registraron 2383 notificaciones provenientes de un total de 1322 empresas, lo que representa un incremento de 52.7% respecto a junio del 2022. De ellas, el 94.16% corresponde a accidentes no mortales; el 2.35%, mortales; el 1,51%, incidentes peligrosos; y 2.01% a enfermedades ocupacionales. 

La actividad económica con mayor número de notificaciones fue industrias manufactureras, 21.57%; seguido de actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler 16.03%; comercio al por mayor y menor, 11.16%; construcción, 10.74%; transporte, almacenamiento y comunicaciones, 9.15%; entre otras.

En el Perú, los tipos de accidentes de trabajo más frecuentes son caídas de personas; caídas de objetos; esfuerzos excesivos o falsos movimientos; pisadas sobre, choques contra, o golpes por objetos punzocortantes; entre otras.  


Por otro lado, los principales agentes causantes fueron los no clasificados; otros aparatos (herramientas manuales, herramientas eléctricas, escaleras, rampas y andamios); ambiente del trabajo (zonas al interior); materiales, sustancias y radiaciones; máquinas; medios de transporte y de manutención. 

Acciones del MTPE

En tanto, con el propósito de disminuir la incidencia de accidentes laborales, y en cumplimiento de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo al 2030, la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo del MTPE desarrolla acciones como capacitaciones en las regiones del país, por medio de eventos macrorregionales, seminarios internacionales y nacionales, orientadas a la prevención de los riesgos laborales.
Se debe precisar que el MTPE, por medio de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), prioriza acciones para prevenir y reducir la tasa de accidentabilidad laboral a escala nacional.

FUENTE: EL PERUANO.

MANUFACTURA, INMOBILIARIA Y TRANSPORTE SON LOS SECTORES CON MÁS ACCIDENTES DE TRABAJO

Entre enero y abril de 2022, se realizaron 10.807 notificaciones por accidentes de trabajo, principalmente en los rubros de manufactura (2.583), inmobiliarias, empresariales y alquiler (1.934) y transporte, almacenamiento y comunicaciones (1.393), según el Sistema Informático de Notificación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Del total de notificaciones, cerca del 98% (un total de 10.582) correspondieron a accidentes de trabajo, mientras que en menor medida se presentaron 151 por incidentes peligrosos, 59 de accidentes mortales y 15 en enfermedades ocupacionales.

En el mismo periodo, las regiones con mayor cantidad de notificaciones fueron Lima Metropolitana (8.139), Callao (1.329) y Arequipa (591).

Es importante que el empleador garantice el establecimiento de medios y condiciones en el centro de trabajo que protejan la vida, salud y bienestar de los trabajadores. Es fundamental implementar un adecuado sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) tomando en consideración aspectos legales y técnicos, de forma que se logre no solo prevenir daños a la salud y posibles sanciones”, precisó Jaime Cuzquén, Associate Partner del Área Laboral de EY Perú.

El experto agregó que aquellas empresas cuyas actividades de trabajo sean de alto riesgo deben contar, además, con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), que es una póliza obligatoria que protege la salud e integridad de los trabajadores de este tipo de compañías.

En esa línea, mencionó que para la prevención de accidentes y posibles sanciones se debe contar con la asesoría de una correcta implementación de los lineamientos y procesos de SST, como la política interna, la constitución del comité paritario o la elección del supervisor, la implementación de registros de accidentes, exámenes médicos, auditorías internas, entre otros.

Sanciones

Entre las consecuencias por incumplimiento de las obligaciones en materia de SST figuran las multas que pueden ascender a S/ 241.638.00.

También el cierre temporal del área de una unidad económica, la paralización o prohibición de trabajos o tareas, juicios laborales, responsabilidad penal, entre otros.

FUENTE: EL COMERCIO.